La COFEPRIS (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios) y la PROFECO han emitido alertas contra la práctica de mezclar alcohol con bebidas energéticas —ricos en cafeína—, debido a los peligros que puede representar para la salud. Entre los efectos adversos se encuentran:
- Falsa sensación de alerta, ya que la cafeína puede enmascarar el efecto depresor del alcohol, llevando a un consumo excesivo.
- Puede provocar ansiedad, insomnio, alteraciones del ritmo cardiaco, y en ocasiones náuseas, vómito o intoxicación.
- No está recomendada para menores de edad, mujeres embarazadas, personas sensibles a estimulantes o con padecimientos cardíacos.
- Ante su detección en bares, COFEPRIS y PROFECO han llevado a cabo aseguramientos, suspensión de actividades y multas que pueden superar el millón de pesos.
De acuerdo con la regulación vigente, la cafeína en bebidas —incluso las no alcohólicas— está limitada a 20–33 mg por cada 100 ml. Sin embargo, la mezcla con alcohol eleva los riesgos sanitarios y hace más drástica la intervención reguladora.
Marco normativo
COFEPRIS supervisa el cumplimiento de la Ley General de Salud y el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, además de la NOM‑142‑SSA1/SCFI‑2014 sobre bebidas alcohólicas.
El consumo de bebidas consideradas alcohólicas —con contenido de alcohol etílico entre el 2 % y 55 %— debe notificarse y etiquetarse conforme a la normativa vigente.
Etiquetado correcto en bebidas alcohólicas
La Guía de Etiquetado de Bebidas Alcohólicas de COFEPRIS establece los elementos que debe contener una etiqueta conforme a la NOM‑142‑SSA1/SCFI‑2014. Estos son los requisitos esenciales:
- Denominación genérica y marca comercial.
- Graduación alcohólica, expresada en porcentaje de alcohol por volumen.
- Leyenda precautoria: “EL ABUSO EN EL CONSUMO DE ESTE PRODUCTO ES NOCIVO PARA LA SALUD”, legible, en envase y publicidad.
- Lista de ingredientes, incluyendo aditivos (como cafeína, saborizantes o azúcar).
- Identificación del lote y fecha de consumo preferente.
- Datos del fabricante/importador: razón social y domicilio fiscal.
- País de origen.
- Marbete del SAT en envases menores a 5 L: sello fiscal y sanitario con tintas de seguridad y código QR para verificar autenticidad (verde nacional, azul importado).
Verificación del marbete (control fiscal y sanitario)
- El marbete debe ser sensible al tacto, con tintas especiales, un logotipo que cambia de color y un QR que remite al portal del SAT.
- Al escanearlo, el consumidor puede comprobar datos como marca, tipo de alcohol, graduación, fecha de envasado y lote.
- En caso de que la información no coincida, se debe reportar al SAT y destruir el marbete del envase usado. Las infracciones pueden generar multas de entre 8,750 y 14,570 pesos por botella.
Consejos al consumidor
- Revisa que la etiqueta contenga los elementos mencionados: graduación, lote, fecha, ingredientes, leyenda sanitaria y marbete válido.
- Descarta productos que no tengan etiqueta clara o marbete con código QR verificable.
- Evita cocteles en lugares donde no se garantice el etiquetado o que agreguen cafeína sin reglamentación.
- Denuncia ante COFEPRIS o PROFECO si ves bebidas irregulares o uso indebido de estimulantes mezclados con alcohol.
La COFEPRIS regula estrictamente las bebidas alcohólicas, especialmente cuando se combinan con cafeína u otras sustancias que incrementan riesgos sanitarios. Un etiquetado claro y completo —incluidos ingredientes, lotes, fechas, leyendas y marbete del SAT— es fundamental para garantizar autenticidad, calidad y seguridad del producto. Como consumidor, tu vigilancia y denuncia son herramientas clave para proteger tu salud y la de la comunidad.
Fuentes
Guía de etiquetado en bebidas alcohólicas